En segunda discusión, el parlamento aprobó ayer 12 artículos del proyecto de Ley Orgánica de Minas y
prolongó su discusión

OIR-MPPCI COJEDES
RNCC / FOTO CORTESÍA

Durante la sesión ordinaria de este jueves, la Asamblea Nacional aprobó 12 artículos del proyecto de Ley Orgánica de Minas, cuyo objetivo es promover la inversión nacional e internacional en este sector, y acordó continuar el debate en la próxima sesión parlamentaria.

En ese sentido, los artículos aprobados establecen que la República Bolivariana de Venezuela posee el derecho de propiedad sobre los yacimientos mineros de cualquier clase, independientemente de su naturaleza. Igualmente, el proyecto de ley precisa que la distribución de los recursos minerales corresponde al Ejecutivo Nacional, mientras que el ministerio con competencia en materia de minas ejercerá la rectoría.

Por su parte, el artículo 5 puntualiza que las actividades mineras previstas en la ley podrán ser ejecutadas por empresas de exclusiva propiedad de la República o sus filiales, así como por entes donde el Estado posea una participación superior al 50% del capital social que le otorgue el control accionario. Estas últimas se denominarán “empresas mixtas”.

Asimismo, se prevé la participación de empresas públicas y privadas debidamente autorizadas, brigadas de mineros artesanales registradas y personas naturales que ejerzan la minería artesanal de forma individual.

Se subraya que las actividades mineras se llevarán a cabo “científica y racionalmente”, con el fin de procurar siempre la óptima recuperación o extracción del recurso conforme a los principios de desarrollo sostenible y conservación del ambiente. También se indica que la norma busca el fortalecimiento del comercio, la industria y la tecnología para el desarrollo integral y equilibrado del país.

Se establece que el aprovechamiento de los recursos minerales se efectuará mediante negocios jurídicos que, fundamentados en la libertad contractual, garanticen la rentabilidad.

Con el otorgamiento del título, se presumirá, salvo prueba en contrario, “la existencia del mineral y que este es industrial y económicamente explotable. La República no garantiza ni se hace responsable de la existencia del mineral”.

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