La concepción del Libertador no era otra que lograr con la mayor potencia naval, el equilibrio del Universo

WILLIAM GARCÍA
RNCC / FOTOS CORTESÍA

Inglaterra es invitada como la mayor potencia naval para establecer el equilibrio del mundo, cuya concepción gestada por el pensamiento internacional del Libertador, es reafirmada el 17 de febrero de 1826, desde la Magdalena, cuando se dirige a Santander, para ratificarle que “La invitación hecha por parte del gobierno de Colombia al muy noble y muy poderoso rey del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda para que sea uno de los confederados, si se obtiene será por ahora de un valor inmenso para las nuevas repúblicas que, guiadas por su ejemplo y escudadas por el patrocinio de su amistad, podrán más fácilmente organizarse y tomar la marcha firme que deban seguir” (Sergio Guerra Vilaboy. Diario del Congreso Anfictiónico de Panamá: Cronología de sus antecedentes, desarrollo y resultados. CLACSO. Buenos Aires. 2025, p. 83).

En consonancia a la orden de Simón Bolívar, el Vicepresidente de Colombia, emite 23 de marzo carta con el siguiente argumento: “Como nos interesaba tanto remover todo recelo y alarma de la Santa Alianza con motivo de nuestro Congreso, fue preciso decirle al gobierno inglés que ‘si quería, enviase al Istmo un comisionado suyo’. Por otra parte, esta aquiescencia del gobierno británico me parece que le da una grande importancia a la asamblea americana. Allí hay puntos públicos que tratar, y nos importa poco que un inglés, un brasilero y un americano se junten en una sala a oír” (Ibídem. Guerra Vilaboy. 2025, p. 91).

A juicio del historiador Germán de La Reza, esta invitación a la mayor potencia del mundo perseguía dos objetivos centrales: atraer las participaciones brasileña y rioplatense, y disuadir a la Santa Alianza de su intención de restablecer el poderío español en Hispanoamérica. A esos propósitos se suman otros, resumidos por Bolívar en Un pensamiento sobre el Congreso de Panamá, documento desconocido en la época aunque relevante para columbrar las implicaciones de una posible participación británica en la Confederación” (German de La Reza. Documentos sobre el Congreso Anfictiónico de Panamá. Fundación Editorial el perro y la rana, Caracas. 2010, p. 44).

En efecto, el Libertador redacta este documento de manera confidencial para dirigirlo al Ministro inglès George Canning, quien “ve en el proyecto confederativo la oportunidad de influir en una entidad capaz de hacer de Hispanoamérica una potencia internacional y del régimen republicano, compartido por Hispanoamérica y Estados Unidos, un peligroso contrapeso a las monarquías europeas” (Ibídem. De La Reza. 2010, p. 44)

Pero el Gobierno británico mira con preocupación que la Anfictionía abarque a todo el hemisferio “y ponga al país del Norte “a la cabeza de una nueva federación en virtud de su fuerza superior, madurez y seguridad y en virtud también de sus recursos comerciales y políticos” (Ibídem. De La Reza. 2010, p. 44).

No obstante, su misión en la Asamblea del Istmo “corresponde a la de un observador sin poderes plenipotenciarios que no debe intervenir en los debates, sino escuchar los informes que le sean confiados y emitir consejo en caso de serle solicitada su opinión”, pero en cierto modo, “evitar el liderazgo estadounidense” (Ibidem. De La Reza. 2010, p. 44).

Añade De la Reza que en relación “al proyecto bolivariano, la estrategia británica muestra un limitado grado de convergencia, exhibiendo los objetivos de una moderada y distante metrópoli” (Ibídem. De La Reza. 2010, p. 44).

Esto se compagina con el informe secreto que Bolívar entrega el 14 de julio de 1826, al representante británico en Lima C. M. Ricketts para dirigírselo por medio de un memorándum secreto “al premier inglés George Canning para ganarlo como aliado en su estrategia aliancista, al parecer elaborado en febrero de ese mismo año y conocido como “Un pensamiento sobre el congreso de Panamá” (Ibídem. 2025, p. 120).

En el encabezamiento, el Libertador asienta que “este Congreso parece destinado a formar la liga más vasta, o más extraordinaria o más fuerte que ha aparecido hasta el día sobre la Tierra y que la Santa Alianza será inferior en poder a esta confederación, siempre que la Gran Bretaña quiera tomar parte en ella, como miembro constituyente” (Ibídem. De La Reza. 2010, p. 51).

Entre los puntos que considera darán garantía a las relaciones de las sociedades políticas por medio de un código de derecho público como regla de la conducta universal, se encuentran: 3º La España haría la paz por respeto a la Inglaterra y la Santa Alianza prestaría su reconocimiento a estas naciones nacientes y 5º Ninguno sería débil con respecto a otro; ninguno sería más fuerte” (Ibídem. De La Reza. 2010, p. 51).

Además del equilibrio político entre naciones, Simón Bolívar enfrenta a la ignominia del racismo, con el cual aspiraba una reforma social revolucionaria, un precepto señalado por el Abate De Pradt, cuando afirma que “Panamá será la cátedra del antiguo continente y que su acto no es asilado un privativo, sino universal, un acto de orden social, no es puramente americano, sino un acto humano” (Daniel Florencio O’Leary. Tomo XII. Caracas. 1881, p. 213).

En efecto, sin tener conocimiento de este documento secreto, Pradt coincide con el pensamiento humanista del Libertador, quien en estos tres puntos plasma una verdadera cátedra de reformador social, al señalar textualmente: “6º Un equilibrio perfecto se establecería en este verdadero nuevo orden de cosas, 8º La diferencia de origen y de colores perdería su influencia y poder y 10º La reforma social, en fin, se habría alcanzado bajo los santos auspicios de la libertad y de la paz, pero la Inglaterra debería tomar necesariamente en sus manos el fiel de esta balanza” (Ibídem. De La Reza. 2010, p. 52).

Sobre las ventajas que Gran Bretaña alcanzaría, explicaba Bolívar: “4º Los ingleses se considerarían iguales a los ciudadanos de América, 5º Las relaciones mutuas entre los dos países lograrían con el tiempo ser unas mismas, 6º El carácter británico y sus costumbres las tomarían los americanos por los objetos normales de su existencia futura y 7º En la marcha de los siglos podría encontrarse, quizá, una sola nación cubriendo al universo, la federal” (Ibídem. De La Reza. 2010, p. 52).

Esto descarta la campaña mediática desatada contra su figura para boicotear el Congreso Anfictiónico y también a la narrativa historiográfica de sus detractores que lo acusan de entregar a Inglaterra los intereses de América. Al convocar a Gran Bretaña a la Asamblea del Istmo, su pensamiento universal, deseaba que con “la marcha de los siglos podría encontrarse, quizá, una sola nación cubriendo al universo, la federal”

Esto encuadra con las instrucciones emanadas del Foreign Office para Edward J. Dawkins, el 18 de marzo de 1826, en donde le manifiestan que “Su Majestad no tiene otro objetivo al enviarlo al Congreso, que de obtener informaciones sobre sus actos con la mayor regularidad y precisión, y dar a los Estados americanos, colectivamente, la seguridad de los sentimientos de amistad y el vivo interés que tiene en su bienestar y tranquilidad, lo cual Su Majestad ha expresado repetidamente a los Jefes de Gobierno con los cuales éste ha mantenido comunicación” (Ibídem. De La Reza. 2010, p. 141).

Sin embargo, los ingleses fueron enfáticos en solicitar a Dawkins que no pierda la “oportunidad de transmitir a esta oficina toda información que usted pueda recoger respecto de las miras y la política de los Gobiernos americanos, sus sentimientos recíprocos, y el grado de influencia que estén inclinados a conceder a Estados Unidos de Norteamérica” (Ibídem. De La Reza. 2010, p. 141).

De hecho, la preocupación por los estadounidenses es de tal modo, que no dejan de reiterarle: “usted comprenderá que su Majestad no se opone a una Liga entre los Estados hasta hace poco colonias de España, limitada a los objetos emergentes de sus relaciones con España” (Ibídem. De La Reza. 2010, p. 141-142).

Pero recalcaran que cualquier indicio de poner al frente de una confederación americana a los Estados Unidos, causaría una enorme molestia al Gobierno inglés. Pero además le sugieren al representante británico, que deberá comunicar, “(sin darle carácter de representación oficial) el deseo de su Gobierno de que los principios del derecho de mares por adoptarse por los nuevos Estados sean los que Gran Bretaña ha defendido de siempre como los verdaderos principios del derecho de gentes, principios que resultan de los usos establecidos desde tiempo y consagrados en el Viejo Mundo” (Ibidem. De La Reza. 2010, p. 142).

En cuanto a este punto, no existía realmente un derecho universal que rigiera el uso común de los mares y esto era un tema clave para el Congreso de Panamá. Se estaba apenas, sentando las bases y las instrucciones de cada uno de los Estados convocados nos da una lectura sobre el choque de intereses en torno a la libertad de navegación. Esto indica lo crucial de haber llevado a una Asamblea Anfictiónica el debate y la búsqueda de un consenso para definir el libre y equitativo uso de los mares.

Por eso, no solo los Estados Unidos orientarán a sus Delegados un compendio de recomendaciones basadas en sus deseos de controlar los mares, sino también Gran Bretaña fijará una postura sobre lo que ellos denominan los principios del derecho de mares. Es más, la corona británica asegura que “ha respetado con igual uniformidad, y cuidará que se comprenda debidamente que nuestra determinación de obrar de acuerdo con estos principios no variará sea cual fuere la resolución o combinación de los Estados del Nuevo Mundo, de la misma forma como no varió por presión de las confederaciones europeas” (Ibídem. De La Reza. 2010, p. 142).

En puntos de la agenda de la Asamblea, como este, además de otros, el Gobierno Británico difiere parcial y totalmente en algunos, debido a sus intereses geopolíticos. Como es el caso de la independencia de Cuba y Puerto Rico, a la cual se oponen rotundamente, porque dice que alteraría la paz en el continente. Tampoco consienten la pretensión de los norteamericanos, quienes se aferran a su control. En este sentido, advierte tajantemente que “Inglaterra ni Francia podrían contemplar con indiferencia la ocupación de Cuba por Estados Unidos”.

En las recomendaciones a su enviado, le añaden que “hay dos o tres puntos acerca de los cuales, si no se presentara una ocasión, conviene que busque oportunidad de expresar las opiniones de su Gobierno” (Ibídem. De La Reza. 2010, p. 142).

Uno de ellos es el tratado entre Colombia y México del 3 de octubre de 1823, en el cual se afirma que el Congreso tiene el fin de, 1º “Confirmar y establecer relaciones estrechas entre todos y cada uno de los Estados americanos”; 2º “Actuar como un Consejo en grandes ocasiones, un punto de unión en peligros comunes, un fiel intérprete de tratados públicos, en casos de divergencias, y como árbitro y conciliador en disputas y diferencias” (Ibídem. De La Reza. 2010, p. 143).

Temiendo la incorporación de los Estados Unidos, le instruyen que si en el primer párrafo se entiende únicamente los Estados que eran colonias de España, y si las funciones de árbitro y conciliador en disputas y diferencias atribuidas, solo es para estos Estados, “no hay inclinación de parte del Gobierno británico a impugnar la propiedad de esos compromisos mutuos y comunes, pero que si se extienden a los Estados Europeos “sería contemplada por este Gobierno con gran recelo por su aproximación a aquella clase de Liga de las Américas en oposición a Europa, que como ya sabe usted Su Majestad no podría reconocer o aprobar” (Ibídem. De La Reza. 2010, p. 143).

Pese a todos los esfuerzos del Libertador para lograr con la mayor potencia naval, el equilibrio del Universo, las diatribas ocasionadas y la falta de consenso, debido a la miopía política de algunos Plenipotenciarios americanos y al choque de intereses geopolíticos, solo permitió debatir y aprobar parcialmente la Convención de Contingentes, la cual también contemplaba la creación de la “Marina Federal”, pero esto debía tener el visto bueno de cada Estado y la debida ratificación en Tacubaya, a donde no asistirá el Enviado de la Corona Británica, Edward Dawkins, quien remite el 15 de octubre de 1826, el informe sobre las deliberaciones del Congreso de Panamá al Foreign Office.

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